miércoles, 7 de marzo de 2018

El control


El control

El control, según la Real Academia Española (RAE), refiere a una comprobación, inspección, fiscalización, intervención, así como a un dominio, mando o dispositivo de regulación. En el contexto de la gobernanza pública, el control implica poder para sujetar, regular u orientar un sistema determinado hacia un objetivo específico bajo ciertos parámetros o estándares. Tal sistema puede ser desde la administración pública en su conjunto, una institución, una organización, una función, una política, un programa, un proceso o un servicio público específico. Por su parte, los parámetros o indicadores pueden ser no solo aspectos cuantitativos o estadísticos, sino también normas, leyes, políticas, presupuestos, programas estructuras y procedimientos, incluso cualidades personales intangibles, más difíciles de medir, como la aptitud, la lealtad, la diligencia y la confianza. 

Por su naturaleza e importancia funcional, es posible inferir que el control gubernamental ha estado presente desde las primeras constituciones sociales. No obstante, es el control como etapa del proceso administrativo” (Taylor: 1913), el primer antecedente teórico de la fiscalización superior contemporánea. De ahí que, durante el siglo XX, el control haya estado presente desde la administración científica hasta llegar a construirse en una “teoría del control” propia de la gobernanza pública actual, según la cual determinadas variables de “referencia” de entradas (input) y salidas (output) de un proceso, estructura o función pueden o deben ser monitoreados para obtener el efecto deseado por medio de la “retroalimentación” (Neculai: 2005)[1].

Desde la óptica de sistemas, la evolución de la moderna “teoría del control”[2] se concibe como un área interdisciplinaria de la investigación donde intervienen conceptos y métodos de matemáticas aplicadas. Sin embargo, aquí, reconociendo que los avances del control de los sistemas proceden tanto del progreso matemático como del informático, lo que se pretende es rescatar esa contribución conceptual al desarrollo de la teoría y la práctica administrativa en los sistemas de organización institucional. Al llevar esta concepción del control basada en la informática a un sistema de transparencia y rendición de cuentas gubernamental, es posible observar, como sujetos responsables de tal intervención, a todos los órganos que intervienen en la administración pública (recaudadores y servidores) en su interacción con los encargados del control gubernamental como un dispositivo uniforme, a continuación:

 


 

Como se observa, las contribuciones fiscales se conciben como las entradas que alimentan al Estado (impuestos: input), los recursos públicos que ingresan y se ejercen por el sistema institucional (Gobierno), cuyo objeto es invertirlos por conducto de la administración pública para convertirlos en productos destinados al bien público superior, concebido como las salidas (servicios públicos: output). Este conjunto, en todas sus dimensiones, es el objeto a observar y monitorear por parte de las entidades de control que funcionan como el sujeto o dispositivo que supervisa, evalúa y retroalimenta, en todo momento, al nivel máximo de dirección y decisión sobre determinado sistema o subsistema.

La idea derivada, en una concepción administrativa, es que en la actualidad el control tiene dos significados principales. El primero, entendido como la actividad de prueba sobre un dispositivo estructural para observar que tiene un comportamiento satisfactorio y el segundo, como la acción orientada a poner en práctica las decisiones que garantizan que el dispositivo se comporta de acuerdo a la forma deseada. Esta concepción es fundamental pues se asume no solo la comprobación, entendida como la evidencia que es un procedimiento esencial en la fiscalización, sino porque reconoce también la necesidad de implementar las observaciones y recomendaciones necesarias para garantizar el objetivo buscado.

Bennet (1979), señaló que controlar es poner orden al caos, "ordo ab chao" y destacó tres procesos fundamentales en todo intento del control: la retroalimentación, la fluctuación y la optimización. La retroalimentación se refiere a que el estado del sistema, o de su salida, determina la forma en que el control tiene que ser implementado en cualquier instante de tiempo. La fluctuación es que no necesariamente se debe forzar el estado deseado, sino que a veces, es más eficiente dejar que fluctúe para poder controlarlo (Hall: 1907). Y la optimización, como su nombre lo indica, implica maximizar los beneficios o minimizar los costos sujetos al sistema (Lev Pontryagin 1988)[3].

 Aquí destaca la intemporalidad del control, esto es, que la retroalimentación al nivel de decisión no debiera estar sujeta a tiempos marcados, sino aplicarse indiscriminadamente en cualquier momento del proceso siempre que sea conveniente. En un sentido similar, nuevamente destacan la implementación y la optimización como elementos fundamentales del control, el cual no se concibe como simple señalamiento coercitivo, sino también propositivo y constructivo sobre una posible desviación. No obstante, la efectividad del control necesita de ciertos estímulos que funcionan como mecanismos coercitivos para que el propósito que se busca suceda.

Diego Valadés, en su obra El Control del Poder, proporciona un enfoque político jurídico del control muy amplio y valioso[4]. Al respecto, considera que “el control es parte activa de los procesos de gestión que dan vida a las políticas y los programas gubernamentales”. Destaca, que al control interno lo encuadra en los “controles unidireccionales”, puesto que se da al interior del órgano ejecutivo, mientras que el control externo en los “controles bidireccionales”, ya que en él intervienen tanto el órgano ejecutivo como el legislativo, en la revisión de la llamada Cuenta Pública.

Siguiendo a Valadés, los controles internos y externos son “obligatorios, constructivos y “vinculatorios” puesto que las autoridades deben realizarlos normativamente, tienen un efecto de corrección y generan decisiones que modifican la situación de órgano al que se dirigen. Finalmente, los controles administrativos internos y externos también poseen el carácter de “previos, progresivos y posteriores”, cuando la función de control se ejerce antes de que el ente actúe (ex ante), durante su operación (in line) y después de su gestión (ex post).

Otra herramienta valiosa se desprende del análisis de las relaciones y la gestión intergubernamental que realiza Agranoff (1991). Según este enfoque, ciertas pautas en países desarrollados revelan que “los sistemas federales manifiestan crecientes tendencias hacia un control centralizado y nacional sin que por ello se conviertan en sistemas unitarios”. Estas pautas requieren, entre otras medidas, de “nuevas estructuras gubernamentales, devolver las responsabilidades operativas, controlar el gasto de los gobiernos subnacionales y eficiencia en la gestión de las políticas”[5]. Ello es importante, pues permite fundamentar que al descentralizar o delegar cualquier función, recursos u operación, se debe tener especial cuidado en mantener el control centralizado, particularmente sobre la información y evaluación de las actuaciones y su desempeño, más que en “los controles de cumplimiento, interesados en una gestión basada en los resultados” (Wholey, Abrahamson, Bellavita, 1986).

Por su parte, el control desde la perspectiva de la administración general se enriqueció a partir de Fayol para quien “el control consiste en comprobar si todo ocurre conforme a lo adoptado, a las órdenes dadas y a los principios admitidos. Tiene por objeto señalar las faltas y los errores a fin de que se pueda reparar y evitar su repetición”[6]. Si se aceptan los conceptos científicos-clásicos del control como principios de lo que hoy se conocen comúnmente como “indicadores de gestión”, para medir y contrastar resultados, es posible entrever que los estudios de tiempos y movimientos aplicados en la industria desde entonces son en cierto sentido los fundamentos para desarrollar los parámetros de economía, eficiencia, eficacia, efectividad y calidad que son esenciales en la práctica de las auditorías de desempeño (Pollit et al: 2011).

Por su parte, Koontz (1998)[7] definió que “el control es verificar las normas como los criterios-objetivo en toda auditoría o evaluación de la gestión y convertirlas en parámetros cuantificables que sea posible medir en términos del rendimiento o de los resultados obtenidos”. Esto, reconfirma que controlar es comparar el comportamiento real (el ser) contra el resultado esperado (el deber ser), o bien evaluar y medir un sistema conforme ciertos indicadores para, en su caso, corregir y orientar la acción pública hacia el mejor nivel de desempeño. Cabe destacar aquí, que en el control de gestión o de desempeño no solo se recurre a aspectos estadísticos y cuantitativos, sino también a objetos cualitativos (Yamashige: 2001). Por ello, Koontz concibió “las normas como puntos críticos del control”, lo que equivale a definir indicadores de gestión, en función del cumplimiento de determinados parámetros o mecanismos reguladores y no solo estadísticos.

Lo anterior, en la práctica, se puede ejemplificar en el enfoque a resultados en la práctica de las auditorías o evaluaciones de gestión o de desempeño, donde no solo se tiende al control sino a la redefinición y renovación normativa o estratégica de metas e incluso de la estructura cuando las instituciones necesitan organizaciones adecuadas a cada situación dada y flexibles al cambio. Por ejemplo, estructuras de organización con tramos de control racionales y niveles jerárquicos no más allá de los necesarios según la naturaleza de la función (Gulick y Urwick: 1937); o bien, retroalimentar a la alta dirección para orientar decisiones que derivan en movimientos de personal, principalmente de directivos quienes están a cargo, cuando ellos no posean el perfil o no demuestren capacidades para alcanzar los fines organizacionales.

Esto último, es útil para abordar el control desde el punto de vista de la administración pública en México, donde el control que es característico y tradicional es el de las cuentas. Según el Dr. Uvalle (2004) el control es un medio de la acción administrativa sustentado en “una lógica regulatoria, preventiva y correctiva que se traduce en acciones de vigilancia, supervisión, inspección y fiscalización que debe ser eficaz, adaptativo y flexible”[8]. Es decir, el control no solo no es un objetivo per se de la función pública, sino un instrumento para poder optimizarla (Gronlund et al: 2011). Más allá del simple señalamiento de las desviaciones de un sistema, es necesaria la retroalimentación para enriquecerlo.

Esto es fundamental cuando los políticos, los parlamentos e incluso las autoridades responsables de ejecutarla no le dan a la administración, particularmente al control organizacional y procedimental, la importancia que ésta tiene para transformar la legislación en acciones públicas concretas. Más aún, cuando no pocos, aprovechándose de la amplia discrecionalidad en el manejo de las estructuras burocráticas, se mantienen infructuosamente sobrepuestos en las instituciones atados al poder manipulando la información, aplicando la simulación y la retórica, o enfocados al día-día de la operación y solo al cumplimiento.

Esta discrecionalidad administrativa, que atenta contra la corriente del buen gobierno, sin duda es muy difícil de abatir, sin embargo, es posible cerrarle espacios si además del control jurídico, al mismo tiempo, se fortalecen los mecanismos de control social y administrativo, esto es, del sistema de responsabilización, visto como un conjunto de controles interrelacionados, como se concibe a continuación:

 

INTERRELACIONES DEL CONTROL GUBERNAMENTAL EN EL ESTADO CONTEMPORÁNEO


FUENTE: Concepción propia

 Como se aprecia, el control gubernamental tiene un carácter comprensivo que implica un sistema de controles entre los que se incluye el control político o contrapeso horizontal entre los poderes públicos; el control jurídico referido también como constitucional; el control administrativo que se divide entre el control externo que ejercen las Instituciones Superiores de Auditoría (SAI) sobre todo la estructura del gobierno, esto es sobre la administración pública en su conjunto y el control interno que aplican los Órganos Internos de Control (OIC) desde adentro de las instituciones, normalmente siendo parte de sus organizaciones; y el control social que ejerce de manera vertical el pueblo y el electorado desde la sociedad civil (organizaciones religiosas, de comunicación, empresariales, académicas y no gubernamentales, ONG).

Por ello, aunque aquí nos referimos particularmente al control externo administrativo, la fiscalización superior como objeto específico y central de esta investigación, es importante destacar que ello no significa pasar por alto a su complemento el control interno ni mucho menos que éste se conciba de manera marginal a los controles social, político y jurídico que por supuesto son indispensables, ya que, como se ha visto, sin duda el control gubernamental es comprensivo por necesidad, esto es, que siempre será tratado como un sistema de controles interrelacionados que operan de manera coordinada y unidireccional.

De ahí, que en la medida que se fortalezcan los mecanismos que les son particulares a cada uno, según su realidad, ámbito de gestión y competencia, el sistema de control gubernamental en su conjunto se verá favorecido. Lo destacable aquí, es que al lograr delimitarlos y distinguir su especialidad, es posible ubicar y centrar la importancia que tiene el control externo no solo como un componente más de ese interjuego de roles o papeles, sino como un instrumento de gestión pública que puede ser muy útil cuando el Estado lo ha dispuesto ya como organismo superior de control al servicio del gobierno. Un mecanismo de control externo que al ser parte de la propia administración pública a la que fiscaliza, posee un potencial de retroalimentación especial que puede ser muy constructivo, siempre que además del control con enfoque al cumplimiento, se aproveche su cúmulo de conocimiento e investigación sobre de ella, para evidenciar lo subyacente, entre y detrás, de los resultados.



[1] Neculai, Andrei, (2005). Modern Control Theory - A historical Perspective http://camo.ici.ro/neculai/history.pdf Disponible al 10 de enero de 2016.
[2] Kilian,Christopher. Modern Control Technology, [2005, 3rd Edition.] Hardcover – January 1, 2005
[3] Bennet, S, A history of control engineering 1800-1930. London 1979; Hall, H.R. Governors and governning mechanisms, Manchester Ing. 1907; y Pontryagin, L.S. The mathematical theory of optimal processes, New York 1988. Citados por André Neculai en Modern Control Theory http://camo.ici.ro/neculai/history.pdf
[4] Valadés, Diego, El control del poder, México, UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas, 1998, pp. 29 y 435 a 444.
[5] Agranoff, Robert (1991), «Marcos para el análisis comparado de las relaciones intergubernamentales», en Rafael Bañón y Ernesto Carrillo (comps.) La nueva Administración Pública, Alianza Editorial, S. A., Madrid, 1997 p.125-170. La cita que hace Agranoff se refiere a Wholey, Joseph; Abrahamson, Mark a., y Bellavita, Christopher (1986), Performance and Credibility: Developing Excellence in Public and Nonprofit Organizations. Lexington, Massachusetts, O.e. Heath.
[6] Fayol, Henry, “Administración industrial y general”, citado por Médina Giopp, Alejandro y Mejía Lira, José, El control en la implantación de la política pública, México, Plaza y Valdés, 1993, p. 36.
[7] Koontz, Harold et al, Administración una perspectiva global, Mc Graw Hill, México, p. 632-655
[8] Ricardo Uvalle Berrones, El control y la evaluación en la administración pública. Revista Mexicana de Ciencias Políticas y Sociales, vol. XLVII, núm. 192, septiembre-diciembre, 2004, pp. 43- 70, Universidad Nacional Autónoma de México México. p. 53. Disponible el 04 de junio de 2015 en: http://www.redalyc.org/articulo.oa?id=42119203

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