martes, 6 de marzo de 2018

Auditoría


Auditoría

La auditoría, en un sentido histórico y evolutivo, es quizá el primer desprendimiento teórico del control. Etimológicamente, la palabra auditoría proviene del latín audire que significa oír o escuchar, que se aplicaba a quienes atendían las impugnaciones civiles contra las resoluciones de oficiales, comisarios, procuradores o ministros en la antigua Roma. Sin embargo, en la actualidad se le identifica también como una inspección, examen, estudio, comprobación, verificación, investigación o evaluación, entre otras acepciones.

La Enciclopedia Británica, del inglés audit, la define como “un examen y verificación de los libros de contabilidad, la situación financiera y los resultados de las operaciones de una organización en una fecha o período determinado”. Por su parte, la Real Academia Española la conceptualiza como “un examen de la gestión económica de una entidad a fin de comprobar si se ajusta a lo establecido por ley o costumbre”. A partir de tales definiciones académicas es posible explicar por qué, hasta hoy, permea la idea que tiende a limitar la auditoría a la sola revisión o comprobación de las cuentas de una organización, esto es, al examen o intervención puramente financiera y legalista.

De hecho, inicialmente se asumía normalmente como una función propia de contadores y más recientemente por abogados y economistas pues se le relaciona y limita a la revisión o examen de la contabilidad, el ciclo presupuestario y el ejercicio de los recursos financieros en el marco de la legalidad y de lo programado. Ello no es casual, ya que teóricamente la auditoría cobra especial importancia principalmente en el ámbito privado durante las expediciones del siglo XV hasta que, bajo la “Ley Británica de Sociedades Anónimas de 1862”, la corona consideró indispensable "un sistema metódico y normalizado de contabilidad para la prevención del fraude y una revisión independiente sobre las cuentas de las pequeñas y grandes empresas"(López: 2008). Desde entonces, en muchos países del mundo los contadores se asumieron como auditores y se apercibieron de la importancia de un gran mercado del sector privado, de manera que recomendaban, incluso, la creación de departamentos especializados dentro de las empresas de los clientes, para encargarse, ahora como “contralores”, de la contabilidad y la revisión simultánea y permanentemente.

Ello fue un detonante para que en 1887, surgiera en Estados Unidos el “American Institute of CPAs”( www.aicpa.org), el Instituto Americano de Contadores Públicos, la mayor asociación del mundo, pues hoy afilia a 400.000 profesionales de 145 países, la cual, ha dispuesto normas que técnica y prácticamente son estándares reconocidos, entre las que destacan las “Normas de Auditoria y Contabilidad Generalmente Aceptadas” (NAGA) y las “Normas Internacionales de Información Financiera” (NIIF) [1], las cuales orientan tanto la regulación y operatividad del registro y control contable y financiero, como los principios básicos para desarrollar una auditoría. Las NAGA, están constituidas por tres grupos de normas que regulan 10 principios básicos, cuya finalidad es garantizar la calidad de los auditores y de sus trabajos, como se resumen a continuación:


Como se observa, las NAGA se refieren primero a las “Normas generales” en la que se incluyen los requisitos y aptitudes personales y profesionales que son indispensables en un auditor, particularmente la formación técnica y “la independencia”, entendida ésta última “como una actitud mental”[2], lo que significa que sus juicios sean fundados en los elementos objetivos, las pruebas y los hechos evidenciados del caso. Por su parte, las “Normas de ejecución del trabajo” implican necesariamente la previsión de objetivos, alcances, muestras y enfoques a aplicar; la organización y rigurosa supervisión de tareas y procedimientos; un conocimiento suficiente del control interno del sistema a auditar; y la obtención de evidencia suficiente, pertinente y competente mediante la inspección, la observación y la confirmación, con el fin de tener una base razonable para emitir una opinión al respecto. Finalmente, las “Normas de Información” exigen el grado de responsabilidad que asume el auditor al emitir su informe. En éste, generalmente se expresa si los estados financieros están presentados de acuerdo a la aplicación de los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados y se emite una opinión o dictamen del Auditor con relación a la integridad y validez o no de la información, destacando el grado de responsabilidad que los resultados están tomando.

Si bien las NAGA fueron concebidas inicialmente para practicar la auditoría externa de estados financieros, un dictamen realizado por un profesional experto en contabilidad de los libros y registros de una entidad, y opinar sobre la razonabilidad de las cifras y sobre el cumplimiento de las normas, en los hechos estas normas, en lo esencial, han sido base fundamental en la práctica de otros tipos de auditorías.

Sin duda, son el acceso libre a la información y la independencia, entendida como la integridad, objetividad e imparcialidad que debe poseer el profesional auditor, quizás los requisitos más importantes para la realización de una auditoría. El poder de hurgar e investigar sobre informes, hechos y circunstancias importantes y relevantes, incluyendo cualquier salvaguarda de confidencialidad que se aplique sobre el sujeto, objeto o sistema auditado, así como proporcionar una opinión calificada y objetiva que provea plena confianza al respecto, implica estar libre de influencias e intereses que comprometan el juicio auditor. Sobre todo, cuando de la auditoría se desprenden hallazgos y se certifican hechos que evidencian faltas, incumplimiento, fraudes o irregularidades que implican deslindar responsabilidades administrativas legales o económicas, e incluso causas penales.

Hasta aquí, es posible afirmar que la auditoría, en lo general, es un examen metodológico y crítico que realiza un profesional independiente, llámese auditor, contralor o incluso consultor, por cuenta de otra, con el fin de evaluar y opinar sobre un determinado sistema administrativo, que puede ser una empresa o institución, una organización, una función, un proceso, una política, un programa, un proyecto, un producto o un servicio.

La auditoría gubernamental, particularmente, aunque parte de objetivos que pueden ser distintos, dependiendo del enfoque, por lo general contribuye al proveer información y opiniones sustentadas en evidencia suficiente y apropiada; promover la mejora continua y la confianza en el uso de los fondos y bienes públicos, en el desempeño, la transparencia y la rendición de cuentas; fortalecer la gestión de los organismos del gobierno; inhibir la comisión de ilícitos o irregularidades; e impulsar cambios y mejoras en la administración pública.

Pese que, de acuerdo con el objetivo de revisión, es común encontrar diversas denominaciones en las auditorías que se practican en el sector público (de regularidad, de conformidad, de legalidad, de desempeño entre otras)[3] en la presente investigación se simplifican en solo dos tipos fundamentales:

TIPOLOGÍA FUNDAMENTAL DE LA AUDITORÍA

Las auditorías de regularidad
Las auditorías de gestión
También referidas como auditorías de conformidad, de legalidad, o de cumplimiento, cuyo enfoque es determinar si una información u operación se ajusta, presenta o realiza conforme al marco regulatorio aplicable. Entre éstas se incluyen las auditorías de cumplimiento financiero, de un programa, meta o presupuesto, o de alguna normativa de referencia o función específica como pueden ser: de obra pública, ambientales, de recursos humanos, de seguridad, de control interno, de sistemas o tecnologías de la información y comunicaciones (TIC), etc.
También referidas como auditorías de desempeño, de operación, de rendimiento, administrativas o incluso value for money, cuyo enfoque es evaluar si la administración de un sistema, institución, organización, función, política pública, programa o servicio en todo su conjunto, se gestiona conforme a criterios de economía, eficiencia, eficacia y efectividad (productividad), y proponer posibles áreas de optimización de recursos y mejora de productos.

FUENTE: Concepción propia, con base a la normativa ISSAI 3000 de la INTOSAI

Desde su nomenclatura, es posible entrever que la auditoría de regularidad busca garantizar la observancia y acatamiento a determinada normativa (ley, reglamento, política, criterio, lineamiento, base, procedimiento u objetivo) sobre una función, operación, proceso o programa específico, de tal manera que éste se realice en los términos de transparencia y rendición de cuentas dispuestos. Está relacionada con el riesgo, de ahí, que en esta se incluyan las investigaciones especiales orientadas a prevenir y combatir el fraude y la corrupción, así como a promover el control interno y el respeto a la legalidad. Se trata de que se reporten las desviaciones o violaciones existentes, para que se tomen medidas correctivas y, en su caso, que quienes sean responsables rindan cuentas por sus acciones al respecto.

 Por su parte, la auditoría de desempeño busca fomentar una administración, gestión o gobernanza públicas de calidad y excelencia, identificando las fortalezas, los costos, las oportunidades, efectos, debilidades, beneficios y áreas de oportunidad del sistema determinado. Su importancia estratégica radica en su capacidad para ampliar ingresos, generar ahorros y obtener economías con la evaluación de esquemas, formas y modelos de organización y operación al contrastarlos con los conocimientos, técnicas y mejores prácticas aplicables. Se trata no solo de una comprobación sino de una evaluación para identificar causas y efectos y construir indicadores que permitan optimizar la gestión pública.

Aunque adelante se abundará en ella, conviene destacar que más que el hallazgo, la irregularidad y la comprobación, lo que importa son las alternativas y el acompañamiento consultivo para solucionarlos (Put et al: 2011). Es la fuerza de los argumentos, sustentados en una evaluación objetiva y constructiva lo que hace a la auditoría de desempeño un instrumento administrativo de gestión pública sin duda muy efectivo.



[1] Los principios de contabilidad generalmente aceptados o normas de información financiera (NIF) son un conjunto de reglas generales que sirven de guía contable para formular criterios referidos a la medición del patrimonio y a la información de los elementos patrimoniales y económicos de un ente. Se aprobaron durante la 7. ª Conferencia Interamericana de Contabilidad, celebrada en Argentina en 1965.
[2] Según el Boletín 1010 Normas y procedimientos de auditoría y Normas para atestiguar del Instituto Mexicano de Contadores Públicos A.C., “para que la opinión del auditor sea útil, es necesario, que, además de estar fundada en su capacidad profesional, sea emitida con independencia mental. Se entiende que existe independencia mental en una persona, cuando sus juicios se fundan en los elementos objetivos del caso. No existe independencia mental cuando la opinión o el juicio es influido por consideraciones de orden subjetivo”.
[3] Véanse Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas www.aicpa.org ; y Normas de Auditoría de la INTOSAI ISSAI  www.intosai.org 2015

No hay comentarios:

Publicar un comentario